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Emprender las obras de construcción de infraestructura que requiere el país, supone asumir la urgencia y conveniencia de actualizar el escenario.
El Fondo Económico Mundial no es la FIFA. Mientras en el fútbol Uruguay figura entre los diez mejores del mundo, el Índice de Competitividad Global señala que estamos en el puesto 49. Y, cuando se trata de nuestra dotación de infraestructura, descendemos aún más y figuramos en el lugar 79 entre las naciones.
Construir es el desafío impostergable e imperativo. Para mantener y acrecentar sus oportunidades de desarrollo, el país precisa subir dramáticamente en esa tabla: carreteras, puentes, vías férreas, puertos y aeropuertos, redes energéticas y telecomunicaciones verdaderamente eficientes. Más y mejores escuelas, liceos y centros de formación profesional e investigación científica y tecnológica. La infraestructura se debe construir, sea en el nuevo marco de Participación Público Privada (PPP) o bajo los esquemas tradicionales de ejecución de obra.
Contratos y subcontratos de construcción
La realidad internacional muestra que para promover, estimular y facilitar la construcción de infraestructura hay que tener buenos cimientos: adoptar, para sus diferentes etapas (redacción de pliegos y memorias, ejecución y extinción de los contratos), parámetros de regulación realistas que consideren la compleja interdisciplinariedad económica, técnica y jurídica. Construir grandes obras supone cuantiosas inversiones, convoca la participación de entidades financieras y de seguros, además de empresas constructoras y comitentes, entre los que puede encontrarse el Estado. Por otra parte, las características de la actividad de la construcción -la multiplicidad de prestaciones que involucra y lo prolongado de los plazos de ejecución- ponen de manifiesto la necesidad de pensar en mecanismos ágiles y eficientes para la solución de controversias.
Cada vez más, los protagonistas de este tipo de emprendimientos son actores que se mueven en escenarios regionales, continentales e incluso globales. Y es precisamente en esos escenarios en los que hay que fijarse a la hora de actualizar nuestras reglas de juego. Quienes se involucran en obras de gran envergadura saben de la intrincada trama de contratos y subcontratos, de plazos superpuestos y múltiples proveedores y, precisamente por ello, reclaman marcos regulatorios previsibles y eficientes, tanto para armonizar como para el caso de controversias y disputas.
Estándares internacionales
Así es que debemos atender el advenimiento de dos fenómenos importantes en este sector: la estandarización internacional de los contratos de construcción y la aparición de formas muy eficientes de gestión de controversias.
Entre las organizaciones internacionales que más han contribuido a la estandarización de reglas que permitan prever riesgos en las inversiones, destaca la International Federation of Consulting Engineers (FIDIC) , con sede en Lausanne. A ella se debe la formulación de modelos de contratos y guías de actuación en el negocio, que recogen la práctica dominante en el mercado internacional de la construcción.
Rápida gestión de controversias
Con la finalidad de resolver más eficientemente los especiales conflictos que suelen presentarse en este tipo de contratos, se ha creado la figura de los Consejos de Resolución de Disputas (CRD) (así denominados en el "Red Book" de FIDIC), llamados Dispute Adjudication Boards (DAB) en el Reino Unido y Dispute Resolution Boards (DRB) en Estados Unidos.
A estos Consejos, integrados por expertos en los aspectos técnicos y jurídicos del contrato, se comete el seguimiento, análisis y pronunciamiento en las disputas contractuales, como instancia previa al arbitraje.
Un ejemplo notorio de aplicación de esta solución es el de la construcción del Aeropuerto de Hong Kong, en el que se suscribieron 22 contratos por un valor de 10 billones de dólares. Las opiniones del CRD fueron adoptadas por las partes en las disputas, salvo una que se sometió a arbitraje resultando confirmada por el Tribunal Arbitral.
Arbitraje en obra
Cada vez con mayor frecuencia se establecen Consejos de Resolución de Disputas como instancia inicial de solución de controversias. Si no se allanan las dificultades, se recurre al arbitraje como mecanismo altamente eficiente para dirimirlas.
Uruguay tiene historia de aplicación de soluciones arbitrales en contratos de construcción; basta recordar el conflicto millonario planteado por la constructora del interceptor costero entre la escollera Sarandí y Punta Carretas, en 1998, argumentando mayor onerosidad derivada de trabajos extras sobre suelo rocoso.
En obras de infraestructura, las controversias no deben ser un imprevisto y tienen que ser resueltas con el menor costo para los involucrados. En buena parte del mundo los contenciosos se enfrentan con trabajo interdisciplinario y adoptando estos instrumentos. El menú de la aldea global pone a nuestra disposición mecanismos inteligentes.