HERNÁN BONILLA | COLUMNISTA INVITADO
El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley que modifica sustancialmente el sistema tributario vigente y altera la legislación sobre el secreto bancario. Si bien se declara que lo que se pretende es introducir "ajustes al Nuevo Sistema Tributario" lo que se establece es mucho más que "ajustes". De aprobarse, se estarían produciendo cambios de mucha mayor importancia que los de la pasada reforma tributaria de 2006, en un sentido notoriamente negativo. El paso que pretende dar el Ejecutivo merece que se discuta amplia y abiertamente, ya que afectará el futuro del país excediendo y mucho el plazo del actual gobierno y, en algunos temas, de forma difícilmente reversible. Expliquemos porqué.
EL PROYECTO. Trata tres temas distintos. El primero refiere a un cambio fundamental respecto a la historia de nuestro país: se pasa del criterio de territorialidad (gravar activos y rentas generadas en Uruguay) a una especie de criterio de renta mundial (también gravar activos y rentas de uruguayos y residentes, generados en el exterior). El segundo asunto es la ampliación de las potestades fiscalizadoras de la DGI a través del levantamiento del secreto bancario. Y el tercer punto se refiere a cómo va a encarar Uruguay el intercambio de información tributaria con otros países, lo que viene a cuento del culebrón de la lista negra o gris de la OCDE en que nos metieron el año pasado y que generó un intenso debate.
Es importante distinguir que existen tres temas dentro de este proyecto, ya que la presión desde el exterior es sólo por el tercer aspecto (intercambio de información) y no por lo demás. Vale decir, si bien el Presidente de la República declaró que no entramos en esto "por voluntad propia" y algo similar afirmaron el Ministro de Economía y varios legisladores oficialistas, eso tiene que ver -y sólo tiene que ver- con los mecanismos por los cuales el país cederá información tributaria. No existe entonces, ninguna presión internacional para que cambiemos el criterio de territorialidad ni para que la DGI tenga mayores potestades; en ese berenjenal nos estamos metiendo solos y sin argumentos que lo justifiquen.
El proyecto, además, ha generado mucha confusión por una práctica que se ha instalado en la técnica legislativa de la pasada administración y que ha continuado en la actual: redactar las leyes en un lenguaje oscuro de difícil comprensión que no puede ser casual. Hemos consultado a abogados expertos en estos temas que tienen dudas acerca de qué está hablando algún artículo, a qué organismos hace referencia, cuáles son las obligaciones del contribuyente, entre otros. Además de lo perverso que es desde el punto de vista de la preservación del Estado de Derecho -¿cómo se puede respetar lo que no se entiende?- en la práctica conduce a que la DGI o el Ministerio de Economía terminen reglamentando de forma abusiva los aspectos confusos. Incluso pasa que en distintos departamentos del país, la DGI utiliza distintos criterios que a su vez son contradictorios con los del Ministerio, lo que es caótico para el buen contribuyente. Esto ha sido denunciado por el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y por el Colegio de Abogados del Uruguay, sin mayor suerte.
ERRORES GRAVES. Amén de que el proyecto debería separarse en tres, vamos a argumentar porqué el cambio de criterio y la "flexibilización" del secreto bancario prevista son negativos.
Abandonar el criterio de imposición que Uruguay ha aplicado históricamente (incluyendo gobiernos de los tres principales partidos), es un cambio de reglas de juego imprevisto que afecta la imagen del país. La forma en que se anunció por parte del Ministro de Economía en una conferencia de prensa sin previo aviso y sin presentar el texto generó una preocupación comprensible. Una vez presentado el proyecto, siguen existiendo dudas y habrá consecuencias negativas como ya declararon la Cámara de Turismo y la Asociación de Bancos Privados del Uruguay.
La retórica de la izquierda que suele ganarnos -y así terminamos todos empleando expresiones absurdas o vacías como "espacio fiscal" o "país productivo"- ha justificado lo propuesto como las "mejores prácticas tributarias". Falso, como ha dicho el Ec. Julio de Brun en la Comisión de Hacienda del Senado: "Si uno hiciera todo esto meramente basado en manuales de teoría tributaria o financiera, ciertamente en la historia no habría habido ningún otro sistema tributario que no fuera el basado en la territorialidad, porque no hay ningún otro elemento de justicia que permita justificar otra cosa. La razón por la cual el mundo ha considerado una alternativa al modelo de la fuente basado en la territorialidad es ni más ni menos que una herencia del colonialismo". Vale decir, el criterio de renta mundial de los países del primer mundo se debe a que quieren gravar a sus nacionales que invierten en los países subdesarrollados. Es a ellos a quienes conviene aplicar este criterio, no a nosotros. Uruguay no tiene ningún incentivo para cambiar el criterio que ha aplicado siempre ya que no le trae ningún beneficio, ni mejora la equidad del sistema.
Otro aspecto negativo es que pasarían a pagar IRPF por determinados tipos de renta que no están gravadas en sus países, los extranjeros que vengan a radicarse. Esto se da de bruces con el pedido de Mujica en su ya célebre discurso del Hotel Conrad cuando llamó a los extranjeros no sólo a invertir sino a vivir en Uruguay.
Sobre el levantamiento del secreto bancario también se introducen cambios que golpean la imagen del país. El proyecto, como ya dijimos, mete en la misma bolsa los levantamientos pedidos por la DGI o por estados nacionales, al tiempo que deja al juez como un mero burócrata que debe dar trámite a la solicitud. Como explicó el Dr. César Pérez Novaro en la Comisión de Hacienda: "La participación de un Juez no debe ser de carácter testimonial, no debe poner un sello o un mero adorno a la autorización para el levantamiento del secreto bancario, sino que su actuación debe estar dirigida a resolver una controversia real en la que se analicen y se prueben los hechos, y para ello es necesario que tenga el pleno conocimiento de las circunstancias del caso. El artículo 17 del proyecto de ley establece, exclusivamente, una función homologadora del Juez que, justamente, no desarrolla lo que sería la garantía jurisdiccional establecida en la Constitución de la República". Este no es un tema menor. El juez no juzga, queda embretado por la ley a levantar el secreto bancario en todo caso que se le presente, lo que no sólo viola el debido proceso, viola la Constitución y el Estado de Derecho.
ESTAMOS A TIEMPO. El espacio no es suficiente para tratar otros aspectos del proyecto, pero creemos que lo dicho es suficiente para solicitarle al gobierno que reflexione sobre lo que se propone hacer. No es bueno introducir cambios de esta magnitud porque ocasionalmente se cuenta con 50 diputados en 99, teniendo la oposición de los restantes partidos. El sistema tributario de todo país serio es estable y predecible, no depende de qué partido gane las elecciones. Cuando se acorta el horizonte temporal de certeza que tiene el inversor, el contribuyente o el ciudadano, el que se perjudica es el país con menos ahorro, inversión y trabajo.
Sería muy bueno, que el partido de gobierno se tomara más tiempo para discutir el proyecto con la oposición. Tal vez, se encuentren los caminos para mantener el criterio de territorialidad y gravar alguna renta que el gobierno pretende incluir. Tal vez, se pueda conversar sobre cómo tratar el tema del secreto bancario con garantías para todas las partes. Tal vez podamos dar señales de que somos el país serio que todos queremos.