Sábado 19.05.2012, 17:17 hs l Montevideo, Uruguay.
 
 
 
 
 
 
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Economía

Crean tasa de 10% sobre envíos postales para financiar correo

Proyecto. Advierte la existencia de "numerosos" operadores irregulares

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley de Régimen General de las actividades postales que, entre otros aspectos, prevé crear una tasa de 10% del valor del envío para financiar el servicio postal universal que brinda El Correo.

En la exposición de motivos del proyecto, el Poder Ejecutivo señala que en el sector hay "numerosos operadores que no cuentan con la licencia correspondiente y actuando en la informalidad realizan una competencia desleal".

Además dice que "a pesar" que se autorizó a "más de un centenar de operadores postales privados" que están "en competencia con la Administración Nacional de Correos", estos "no han generado inversiones relevantes en el sector".

Para el Poder Ejecutivo el sector postal tiene un "amplio potencial de desarrollo" pero "se encuentra rezagado" y "no es eficiente en precios, productividad y niveles de innovación tecnológica".

Así, el proyecto de ley busca "favorecer la inversión y eliminar la fragmentación en múltiples actores la cual dificulta el aprovechamiento de economías de escala".

También está orientado a "contribuir a la solución" de la "situación de empleo informal y no declarado (...); la evasión de aportes derivada del mercado fragmentado, la presencia de operadores informales y la escasa regulación; y la sostenibilidad y protección del ambiente" entre otros aspectos.

El proyecto establece el "servicio postal universal" (SPU) que es el que "el Estado garantiza a sus habitantes" a través de El Correo y comprende los envíos de correspondencia "prioritarios y no prioritarios de hasta 2 kilogramos, las cartas, las tarjetas postales, los impresos y los pequeños paquetes de hasta 2 kilogramos" y "las sacas especiales que contienen diarios, publicaciones periódicas, libros y documentos impresos similares" de "hasta 30 kilogramos".

Para financiar el SPU, se crea un "Fondo de Financiamiento" que se nutrirá de "los ingresos por ventas" de El Correo debido a la "prestación del SPU", el "aporte del Estado" incluido en el Presupuesto y las Rendiciones de Cuentas, "los rendimientos derivados de las operativas financieras en las que se mantengan las disponibilidades del fondo" y se crea la "Tasa de Financiamiento del SPU".

Esta tasa deberá ser pagada por los "usuarios" -remitentes o destinatarios de la prestación de un servicio postal- que abonarán "10% del precio, excluido el IVA, del envío o producto/servicio postal", aunque por los envíos correspondientes al SPU (es decir cartas, impresos y pequeños paquetes) no deberán pagarla. También deberán abonar la tasa las "Personas Jurídicas Habilitadas" -las que realizan envíos postales con personal propio o terceros habilitados, con destino a un tercero ajeno a ellas- a razón de $ 3,36 por carta y $ 15 por paquete.

Los "operadores postales" incluido El Correo, "actuarán como agentes de retención".

RESPONSABILIDAD. El proyecto establece derechos y obligaciones para los usuarios.

Entre estas últimas está la de "responsabilidad subsidiaria". Aquellos "usuarios que de mala fe contraten servicios postales a operadores no registrados, que incumplan las disposiciones de la presente ley o actúen de manera informal, serán subsidiariamente responsables de las infracciones que aquellos cometieran".

Los derechos de los usuarios comprenden entre otros a: "Secreto de las comunicaciones postales (los operadores "no facilitarán ningún dato relativo a la existencia del envío postal, su clase, sus circunstancias exteriores, la identidad del remitente y del destinatario ni sus direcciones), inviolabilidad de los envíos postales, de información sobre los servicios postales y a la prestación de un SPU de calidad".

A su vez, tendrán derecho "de reclamación" para lo que los prestadores deberán tener "procedimientos sencillos, gratuitos y no discriminatorios", de "denuncia" y a "percibir indemnización" de parte de los operadores en caso de "pérdida, robo, destrucción o deterioro de los envíos postales certificados".

La iniciativa consagra que "la propiedad de un envío pertenece al remitente hasta el momento de la entrega al destinatario, quien deviene titular de la misma en ese momento". Mientras no se entrega el envío, el remitente "podrá, mediante el pago del precio correspondiente, recuperarlo o modificar su dirección". El destinatario del envío postal "podrá rechazarlo antes de abrirlo" y podrá "solicitar la reexpedición de sus envíos mediante el pago de la contraprestación económica que corresponda", agrega.

Para la puesta en marcha de la normativa se prevé que "dentro del plazo de 60 días corridos de entrada en vigencia" de la ley, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación "iniciará un censo durante los 90 días posteriores corridos, con el fin de habilitar un proceso de regularización y adecuación" dirigido a los operadores. Mientras se desarrolla, el operador que hoy no cuenta con habilitación podrá seguir con su actividad

Clausuras y multas de Ursec

La Ursec es el órgano encargado de regular y controlar el sector postal. Toda "acción u omisión" que incumpla las disposiciones constituirá una "infracción postal", dice el proyecto. Si se comprueban "la Ursec aplicará la sanción correspondiente, las cuales se graduarán atendiendo" a hechos y antecedentes. Las sanciones van desde observaciones y apercibimientos, a multas de entre 5.000 y 500.000 Unidades Indexadas (equivale a entre $ 12.021 y $ 1,2 millón hoy). También se prevén otras sanciones como "clausura" del local entre uno y cinco días (sin interrumpir envíos) y revocación de licencia.

El País Digital
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    No salgas a la calle
    sin saber de qué se habla...