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La crónica policial en la prensa y demás medios, alcanza últimamente un protagonismo que jamás había tenido. Se lo debe al auge arrollador de la criminalidad, una amenaza que provoca distintas reacciones de la ciudadanía. La primera de ellas es el miedo, por el cual mucha gente intenta protegerse enrejando puertas y ventanas o comprando armas para un eventual enfrentamiento. La segunda reacción, tan previsible como la primera, es la creciente violencia con que la sociedad opina sobre los delincuentes o los encara, un extremo en que puede disparar esas armas como respuesta ante una agresión o un asalto. Ninguno de esos recursos se pondría en práctica si la actividad criminal no se hubiera agravado como lo ha hecho en los últimos años. Entre las actitudes adoptadas por las víctimas, se encuentran las que suelen enmarcarse en la figura jurídica conocida como defensa propia o legítima defensa, una posibilidad cuyos ejemplos se multiplican al mismo ritmo que la proliferación delictiva.
Hace unos días, dos especialistas en materia penal se refirieron a la legítima defensa, criticando la manera en que jueces y fiscales resuelven esos casos y el tratamiento judicial que reciben quienes disparan un arma al enfrentar un robo o cualquier otra forma de agresión. Los dos especialistas cuestionaron a los jueves y fiscales que no concurren personalmente a los sitios en que tuvo lugar un hecho de sangre, y pidieron que se tengan en cuenta las presiones psicológicas de quienes apelan a la legítima defensa al enfrentar a los delincuentes. Dijeron que es necesario "ponerse en el lugar de la víctima, con el miedo, la angustia, la rabia y la humillación" que puede sentir ante la acción criminal. Agregaron que en esas situaciones "debe tenerse en cuenta el estado emocional de quien dispara un arma" como instrumento de defensa.
No es fácil que en el terreno penal se consideren los factores inmateriales, un campo al que pertenecen las emociones alteradas por la huella de episodios anteriores de violencia, como en el caso de comerciantes cuyo local ha sido asaltado varias veces en un año, o como en el ejemplo desgarrador del padre de familia cuya casa había sufrido un copamiento 29 días antes de que se produjera una nueva amenaza que terminó de la peor manera, con la muerte accidental de una hija. Cuando toda la población sabe que un simple asalto puede terminar con víctimas mortales -como en los dos supermercados de las últimas semanas- la presión psicológica de quien se siente víctima potencial de esa emergencia ya no es la de siempre, sino la que corresponde a una situación cada día más perturbadora y más peligrosa para cualquier ciudadano a cualquier hora y en cualquier lugar.
La crispación derivada de ese riesgo latente, determina cambios en el estado de ánimo y en el sentimiento de alarma con que hoy se vive, aunque esa turbulencia interior (esa presión psicológica) se agudiza si un individuo ya ha padecido alguna agresión. Sin embargo los fiscales y jueces se limitan a considerar factores externos como el momento en que se produjo un disparo, la edad de los actores del hecho, la distancia entre ellos o la circunstancia de robo que pudo haber en el caso. Saltean o prefieren ignorar el ámbito de los factores impalpables, que no son de orden físico sino moral, emocional o espiritual, pero que juegan un papel decisivo para comprender -y luego juzgar- la conducta de los hombres, envuelta en sus temores, sus sobresaltos, su desgaste nervioso y su lógica inquietud ante una inseguridad personal o familiar, aunque los fiscales y jueces a veces lo olviden o lo descarten. A causa de ello la legítima defensa pierde su debida explicación y la clave profunda que permite entenderla, porque se origina en razones interiores y no en pormenores externos. Sin embargo muchos fallos judiciales siguen rigiéndose por interpretaciones epidérmicas. Y así el ciudadano siente que el margen de defensas y derechos que puede ejercer es cada vez más angosto, mientras se ensancha en cambio la capacidad de maniobra de la delincuencia.






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