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Respuesta a un pedido de informes por "garantías"
El Instituto Nacional de Estadística (INE) informó sobre las obligaciones de "confidencialidad y las garantías que ofrece a los ciudadanos" que brinden sus datos personales para el Censo 2011, como respuesta a un pedido de informes elevado por el senador nacionalista Francisco Gallinal.
La respuesta fue elevada, a su vez, por la directora técnica del INE, Laura Nalbarte, al secretario de la Presidencia, Alberto Breccia, y fue publicada en la página web del organismo.
El INE argumentó sobre cuáles eran las razones que llevaba a pasar lista de los nombres de los integrantes del hogar, como uno de los primeros pasos al abrir el cuestionario.
"Se trata de garantizar que no se omite a ninguno de los integrantes", señala en primer término el INE. "Facilitar la respuesta correspondiente a vínculos de parentesco entre los integrantes del hogar", agrega, de forma inmediata.
El INE informó que, además de facilitar la correcta identificación tanto para el censista como para el entrevistado, en caso de que el hogar sea reentrevistado por un equipo de la Encuesta Nacional de Evaluación Censal (ENEC) -a cuyo cargo está el control de calidad del Censo 2011- el único método seguro para chequear la veracidad de los datos es "poder identificar a la misma persona en una y otra entrevista", grafica.
"El censo no releva información referente al número de cédula de identidad o credencial cívica, así como tampoco solicita ningún tipo de documentación probatoria de la identidad", precisa luego el informe.
En la contestación al legislador nacionalista, el instituto aclara también que si el entrevistado no se siente seguro de dar su nombre "no hay inconveniente en que mencione su apodo o brinde un nombre de fantasía".
De igual manera, se recuerda en el informe, que si el entrevistado vuelve a ser consultado por un equipo de ENEC deberá recordar el apodo o nombre de fantasía que utilizó en el momento de ser entrevistado por primera vez.
Por último, el INE puntualizó que tanto los censistas provenientes del sector público, como los contratados que ingresen del sector privado están obligados, en ambos casos, a guardar el secreto estadístico previsto en la Ley N° 16.616.









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