El presidente José Mujica no informó a la Justicia quién le mostró las imágenes de presuntos militares amenazando a magistrados que actúan en causas contra oficiales encarcelados por violaciones a los derechos humanos durante la pasada dictadura.
El juzgado especializado en crimen organizado de 1° Turno -que investiga la existencia del vídeo y los responsables del mismo- no cuenta con copia de la filmación, una de cuyas imágenes fue publicada ayer por el diario El Observador, dijeron fuentes del caso a El País.
El juez Jorge Díaz y la fiscal Mónica Ferrero -quienes están a cargo de la indagatoria- fueron quienes el pasado 25 de marzo interrogaron a Mujica, que estuvo acompañado del secretario de la Presidencia, Alberto Breccia.
Durante el interrogatorio, desarrollado en la residencia presidencial de Suárez y Reyes, Mujica no les dijo quién le mostró imágenes del video, expresaron las fuentes.
En la interpelación realizada en el Senado a los ministros Eduardo Bonomi (Interior) y Luis Rosadilla (Defensa), ambos sostuvieron que no vieron las imágenes ni preguntaron al presidente quién se las mostró. Agregaron que Mujica se entrevistó con el juez Díaz, al que sí le comunicó cómo accedió a las imágenes. Bonomi informó que Díaz tiene en su poder el nombre de la persona que entregó al presidente las imágenes.
Investigación. El expediente judicial fue iniciado por Díaz a pedido de la fiscal Ferrero, después que el semanario Búsqueda publicara el pasado 10 de marzo la transcripción de una proclama del denominado "Ejército Nacional Libertador".
A nivel policial, la indagatoria está siendo desarrollada por la Dirección Nacional de Información e Inteligencia. El único interrogado por los magistrados hasta el momento fue Mujica, el único miembro del gobierno que admitió haber visto el vídeo.
La investigación se realiza bajo la hipótesis del delito de terrorismo, previsto en la ley de Prevención del Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo, vigente desde 2004. La norma, en su artículo 14°, define como actividad terrorista cualquier acción que tenga como objetivo "intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo".
La ley sanciona con una pena de entre tres a 18 años de prisión a quien "directa o indirectamente" organice o recolecte fondos para financiar actividades terroristas.