Ante una serie de irregularidades, el Tribunal de Cuentas observó un pedido de precios realizado por Ancap y adjudicado a una empresa por US$ 6 millones, destinado al levantamiento de datos geofísicos en aguas uruguayas.
La principal de las irregularidades es la falta de igualdad entre los oferentes, puesto que a una empresa el ente energético le aceptó una rebaja en su oferta y a otra no le informó siquiera de la posibilidad de hacerlo.
La resolución del Tribunal de Cuentas fue tomada ayer miércoles, por la unanimidad de sus miembros.
El tema requirió semanas de análisis de los miembros del organismo de contralor.
Varios ministros manifestaron que llamaba la atención lo sumamente irregular de la actuación de Ancap en este llamado, indicaron fuentes del tribunal a El País.
Entre dirigentes del gobierno y de la oposición hay versiones de que ésta es una licitación digitada y que el barco de la empresa adjudicataria se encontraba en puerto uruguayo desde tiempo atrás.
El 8 de febrero, la Unidad de negocios diversificados de Ancap fue la que aconsejó descartar otras ofertas presentadas y adjudicar a Reflect Geophysical Private Ltd. , por ser la oferta más conveniente (por un precio de US$ 6.461.240).
El 14 de febrero, esta empresa presentó una modificación de su oferta económica y la misma unidad del ente mantuvo su dictamen, aceptando la mejora de oferta por US$ 6.020.840.
El 16 de febrero, la presidencia de Ancap adjudicó por el monto inicial ofertado, aceptó la mejora de propuesta y condicionó la contratación a la autorización del Poder Ejecutivo y del contrato a suscribir.
Recurso. Una de las empresas, Spectrum Geo Limited, presentó recursos de revocación, jerárquico y de anulación contra la resolución de Ancap. La empresa sostuvo que su oferta se ajusta al pliego y que la administración incumplió con la garantía del debido proceso administrativo, ya que no otorgó vista de las actuaciones.
Expresó que en consecuencia se violó el principio de igualdad entre los oferentes y que se vio impedida de participar en el proceso de mejora de ofertas que la administración promovió con una de las firmas seleccionadas.
El Tribunal de Cuentas señaló que el concurso de precios contempló las bases autorizadas por el Poder Ejecutivo para el llamado, que fue declarado desierto. Pero agregó que las modificaciones introducidas luego no fueron sometidas a un nuevo acto administrativo de autorización.
El tribunal es claro en que el accionar de Ancap en este caso "contraviene el principio de igualdad de los oferentes" consagrado en el Tocaf. También indica que la redacción de parte de la adjudicación contraviene artículos de la Constitución.