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RODOLFO SIENRA ROOSEN
Pocas cosas angustian más a quienes tienen sentido de la responsabilidad que vivir con plazos, que no es lo mismo que vivir a plazos, pero que para los ansiosos tiene cierta analogía.
Me refiero a los plazos convencionales no importa de la naturaleza que sean, a los plazos a que uno se obliga o está obligado a cumplir con determinado deber u obligación o promesa, en fin, a los plazos, que se sienten permanentemente como una guillotina apuntando al cuello.
Para los abogados el plazo es un enemigo. Es inadmisible dejar vencer uno de ellos y perder así una oportunidad de defensa para los intereses cuyo cuidado se nos ha encomendado.
Es tal esta obsesión, que lo primero que nos hemos acostumbrado a hacer ante cualquier contingencia del ejercicio profesional es fijarnos ante todo y por sobre todas las cosas, el plazo que tenemos para actuar. Y recién después vemos de qué se trata la cuestión.
Vamos a referirnos a los plazos procesales, que son por amplia mayoría perentorios, o sea que no admiten prórroga.
Tenemos la tranquilidad de poder decir que ni en el ejercicio de la abogacía para instituciones del Estado, ni en la particular, nunca dejamos vencer un plazo ni por equivocación. Pero, además, hemos tomado otras precauciones siempre, como la de no esperar al último día para cumplir con esta maldita exigencia si de nosotros dependiera.
Es posible que alguna vez, por excepción se haya procedido al límite del vencimiento del plazo, pero no ha sido lo habitual.
Admitimos, sí, que hay casos en que la fatalidad, puede influir en la pérdida de un plazo, con las consiguientes secuelas, sobre todo cuando se están defendiendo intereses muy importantes como son los de naturaleza pública.
Por eso nos ha conmovido la pérdida del plazo para apelar una resolución judicial negativa a su petitorio inicial, por parte del fiscal que interviene en el caso de los Casinos Municipales de Montevideo, solicitando el procesamiento de los jerarcas del organismo en la segunda administración del gobierno capitalino, que eran los Sres. Arana, Roselli, y la Dra. Julia Muñoz.
Partimos de la base que una fatalidad le puede pasar a cualquiera como el invocado inconveniente atribuido a la computadora del magistrado en cuestión.
Pero este es uno de los casos en que procediendo honestamente y contando con la razón igual se puede marchar preso, y todo lo que ha trascendido del accidente, no teniendo elementos para pensar diferente de como se explicaron los hechos, nos llevan a no magnificar el insuceso en contra del colega representante del Ministerio Público.
Políticamente, lo que siempre se tuvo claro es que alguien, dentro del Frente Amplio cargaría con las responsabilidades de la pérdida de los catorce millones de dólares.
O el astorismo, ferviente defensor del Cr. Bengoa, o sus superiores. Por ahora, el tropiezo técnico de la informática de los instrumentos del Sr. Fiscal, inclina la balanza acusatoria hacia un lado.
Ejemplo elocuente de las cosas raras que pasan en el Uruguay de estos tiempos…









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