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Economía

Habrá varias normas antielusión para gravar activos en el exterior

La reforma de la reforma. Compleja normativa para evitar elusión de gravamen a activos en el exterior Flexibilización del secreto bancario es "carta blanca" a la DGI dicen expertos | Rechazó las declaraciones de Talvi y los bancos

FABIÁN TISCORNIA

El proyecto de ley que grava los activos de capital que los residentes locales tienen en el exterior, aumentará la carga administrativa para las empresas al tiempo que establece varias normas para evitar la elusión.

Ayer en la página web de Presidencia se divulgó el articulado del proyecto que fue enviado al Parlamento y que prevé gravar con el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al 12% anual, las ganancias que obtengan los residentes por depósitos, colocaciones y/o participaciones en el patrimonio de sociedades en el exterior y con el Impuesto al Patrimonio (IP) todas esas colocaciones.

Para que los residentes que tienen estos activos en el exterior no puedan eludir el IP por la vía de poner dichas colocaciones a nombre de empresas, se incluyeron varias normas que complejizan el sistema tributario coincidieron en señalar a El País varios tributaristas.

Es por eso, que algunos de ellos sugieren eliminar el IP (ver aparte).

Todos los cambios -incluida la flexibilización del secreto bancario (ver aparte)- comenzarán a regir desde enero de 2011.

ELUSIÓN. A diferencia del borrador que había trascendido hace dos semanas, las personas jurídicas (empresas, holdings) locales quedan totalmente excluidas de cualquier gravamen. Esa modificación había sido adelantada a El País por el subsecretario de Economía, Pedro Buonomo, quien afirmó que no habría cambios en la tributación de las personas jurídicas.

Pero, para evitar que sea sencillo evadir los tributos y a su vez no terminar afectando a empresas extranjeras que utilizan a Uruguay como centro de sus operaciones, se incluyeron "una serie de mecanismos an-tielusión", dijo a El País el so- cio director del Departamento Tributario de Ferrere, Alberto Varela.

El proyecto "es bastante complejo" para "cerrar puertas a la elusión vía sociedades" dijo a El País el tributarista de Deloitte, Enrique Ermoglio.

DEFENSA. En la exposición de motivos de la iniciativa legal, el gobierno señaló que "es fundamental la realización de ajustes al sistema de tributación sobre las rentas y el capital provenientes de las colocaciones en el exterior, de manera de garantizar la aplicación" de "los principios de equidad y estímulo a la inversión".

Eso se logra, mediante la no discriminación "según la colocación se realice en el país o en el exterior" del gravamen.

En tanto, el estímulo a la inversión se hace al "pivilegiar la tributación de las colocaciones efectuadas en el país respecto de las efectuadas en el exterior".

En efecto, los intereses correspondientes a depósitos en moneda nacional a más de un año de plazo en Uruguay y los intereses de títulos de deuda en el país están gravados al 3%. Los intereses por depósitos a un año o menos en moneda nacional en Uruguay están gravados al 5%.

En tanto, todo tipo de interés que provenga de colocaciones en el exterior tendrá un gravamen mayor, de 12%, de aprobarse el proyecto.

Sin embargo, en el caso de los incrementos patrimoniales (surgido de venta de acciones por ejemplo) solo se gravarán los producidos en Uruguay.

CAMBIOS. De acuerdo a un informe de los tributaristas Juan Bonet y Leonardo Costa de Brum Costa Abogados al que accedió El País un cambio importante es que se establece "un régimen de `imputación o atribución de rentas` de la entidad no residente a la persona física en proporción a su participación accionaria" para países de baja tributación.

"Estimamos este aspecto como un cambio mayúsculo, dado que implica que, aunque jurídicamente el contribuyente sigue siendo la persona física sujeta al IRPF, económicamente se están gravando las rentas de la entidad no residente en materia de colocaciones de capital mobiliario", señalaron.

Esto es que ese contribuyente que tiene una participación en una empresa constituida en un país de baja tributación (Islas Caimán por ejemplo) deberá pagar no solo por las ganancias que recibe de esa participación, sino también por las ganancias que genera la empresa (en forma proporcional a su participación).

En el caso del IP "los activos correspondientes a depósitos, préstamos y cualquier colocación de capital en entidades no residentes -en tanto los titulares de tales activos sean ciudadanos uruguayos residentes- se computarán a un 20% del valor fiscal de los activos", señalan en el informe.

La inclusión del termino "ciudadanos uruguayos", es pa-ra dejar fuera de este tributo a los extranjeros que optan por Uruguay como su lugar de residencia.

Según Varela, esto constituye "un incentivo a no pedir la ciudadanía o a perderla" y consideró que es una "pésima señal que sea conveniente desde el punto de vista tributario no ser ciudadano".

El tributarista cree que esto podría evitarse si se eliminara el IP del sistema tributario uruguayo.

Piden eliminar el Impuesto al Patrimonio

Los tributaristas Leonardo Costa (Brum Costa Abogados) y Alberto Varela (Ferrere Abogados) coincidieron en señalar a El País que toda la complejización de los cambios se da por la existencia del Impuesto al Patrimonio (IP) y la búsqueda de formas para evitar su elusión.

"Extender el IP a los activos ubicados en el exterior es un clarísimo error. Es un impuesto que debería ser desmantelado de a poco y sin embargo con esto lo están ampliando", afirmó Varela.

En tanto, Costa -que formó parte de la Comisión que elaboró el proyecto de reforma tributaria en el gobierno pasado- afirmó que "el problema es que hay que derogar el IP porque toda esta complejización viene de eso".

Si se derogara el tributo, "el sistema tributario quedaría más conciso", agregó.

Hoy en Uruguay, las tasas del IP a las personas físicas van desde 0,7% a 2% -de acuerdo al monto- y está prevista una reducción gradual de las mismas, pero no su derogación.

En 2009 el IP cobrado por la Dirección General Impositiva tanto a personas físicas como jurídicas, ascendió a $ 8.570 millones (unos US$ 380 millones), un 17,7% más que en 2008.

Lorenzo salió al cruce de reproches

El ministro de Economía, Fernando Lorenzo, respondió a las críticas de analistas y agentes que recibió la iniciativa impulsada por su cartera para gravar los depósitos y otras colocaciones que los residentes en Uruguay tengan en el exterior.

En entrevista con el programa En Perspectiva de radio El Espectador, el secretario de Estado tildó de "exagerado" afirmar que ese cambio normativo altere las reglas de juego precedentes. Eso respondió cuando se le preguntó por las declaraciones del gerente general de Citibank en Uruguay, Daniel Varese, al semanario Búsqueda quien advirtió que ese tipo de modificaciones generan incertidumbre.

"Una cosa es tener opinión a favor o en contra de algo y otra cosa es que cada vez que se introduce un cambio normativo con el cual se tiene alguna objeción se diga que altera las reglas de juego precedentes", dijo Lorenzo.

Además, se mostró "sorprendido" por las afirmaciones del director académico del instituto Ceres, Ernesto Talvi, quien remarcó la semana pasada que las autoridades no están en condiciones de garantizarle a los uruguayos que las futuras administraciones no abusarán de la información tributaria que los obligan a proveer.

"Eso de que un gobierno se tiene que abstener de hacer modificaciones si no puede asegurar lo que los gobiernos sucesivos van a hacer es incorrecto", dijo Lorenzo. Para rematar, añadió: "Estoy seguro, no como ministro de Economía y Finanzas sino como ciudadano, de que en este país no se avasallan los derechos de nadie. Si se trata de generar, ahora sí, incertidumbre respecto a la vigencia del sistema institucional, eso es otra cosa".

El País Digital
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