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Domingo 29.03.2009, 02:55 hs l Montevideo, Uruguay
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Nacional

Procesado por "el cuento del tío"

Pablo Melendrez

En octubre de 2007 un grupo de menores rapiñaron a un hombre y le hurtaron, entre otras cosas, una notebook. Hasta ahí, la historia es similar a las que pueden registrarse en forma habitual en Montevideo. Pero el hecho particular radica en que minutos después del robo, un individuo le ofreció a la víctima la posibilidad de recuperar el aparato a cambio del pago de $ 1.000.

Lógicamente, y como una posible forma de recobrar su computadora, el hombre accedió a la propuesta del "mediador", quien argumentó su ofrecimiento en función de que conocía a los jóvenes que lo habían rapiñado.

Sin embargo, el acuerdo no salió como se había pactado. El individuo le llevó el portafolios donde transportaba la computadora, pero vacío. Eso motivó que el legítimo propietario de la notebook presentara una denuncia penal, lo que terminó con el procesamiento del "vendedor" por el delito de "extorsión".

El enjuiciado señaló que mantuvo varias reuniones con los jóvenes infractores y el hombre que pretendía recuperar su computadora. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones Penal que confirmó el procesamiento, sostuvo que esos encuentros no pudieron ser probados, pero sí se confirmó que se contactó con "los autores del maleficio y se hizo de un portafolios vacío, ya que todos los efectos ya habían sido dispuestos por los partícipes en la rapiña".

El fallo del Tribunal señaló que la intermediación del procesado "consistiría en obtener los objetos sustraídos de parte de los atracadores, a partir de su conocimiento con ellos y sus posibilidades de negociación, hechos no probados obviamente".

"Pero resulta que si ello fuera así, tendría el portafolios y también la computadora, o por lo menos acceso a ellos, pero de lo que se puede inferir de la causa nunca estuvo en su poder", agregó la sentencia.

En el mismo sentido, consideró que "resulta lógico pensar" que el procesado "aprovechó" el hecho de conocer a los menores que habían cometido la rapiña y mediante "estratagemas" buscó "hacerse de $ 1.000 a cambio de nada, o en todo caso de un portafolios vacío que obtuvo de ellos".

Y de esa forma logró su objetivo, ya que el hombre le entregó el dinero "a pesar de las dudas que le planteaba la negociación, quedando a la espera de la contrapartida prometida (la computadora), que en definitiva nunca se cumplió, lo cual lo dejó atrapado en una suerte de `cuento del tío`". Entonces, "los hechos se adecuan típicamente al delito de estafa", graficaron los magistrados en la sentencia.

Sin embargo, y más allá de que los jueces coincidieron en la existencia de delito, tuvieron dudas acerca de si debían mantener la imputación primaria de "extorsión" o cambiar a otra figura delictiva. Debido a las discordias al respecto, se integró un cuarto ministro a la sala, y así se llegó a la conclusión de que se debía imponer el delito de "estafa", ya que el ilícito aplicado en primera instancia requiere -según lo establece el Código Penal- que se registren amenazas físicas o verbales, hecho que no ocurrió en este caso.

"Sería extorsión, en cambio, si cuando lo emboscan en la ruta y le abren las puertas del vehículo los atracadores, los mismos lo amenazaran con robarle sus efectos y al mismo tiempo lo coaccionan mediante una evidente intimidación para que les entregara determinada suma de dinero a cambio de no despojarlo de nada, pero eso no ocurrió", dijeron los jueces.

Al filo de la ley

Procesado por estafa

ficha

Tribunal de Apelaciones Penal de 2º Turno.

Fecha: 26 de junio de 2008.

Redactor: José Balcaldi

Firmantes: José Bonavota y Alfredo Gómez Tedeschi.

Discorde: William Corujo.

Situación: hombre ofreció recuperar computadora robada a cambio de $ 1.000

Fallo: procesamiento del mediador, tipificándole el delito de "estafa" en lugar de "extorsión" como se le había imputado en primera instancia.

El País Digital

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